ELIMINAR UNA DEUDA SIN REQUERIMIENTO PREVIO

El artículo 38.1.c del Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se regula el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos  de carácter personal, ESTABLECE COMO REQUESITO OBLIGATORIO:

 

Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación

 

Es decir, el acreedor, tiene la obligación legal previamente a incluirte en los Ficheros de morosos a REQUERIRTE DE PAGO CON LA ADVERTENCIA DE QUE EN CASO DE IMPAGO TE INCLUIRAN EN LOS FICHEROS DE MOROSOS.

 

Si no te REQUIEREN o NO PUEDEN DEMOSTRARLO  SE VULNERA TU HONOR Y ESA INCLUSIÓN ES ILEGAL.

 

Es decir, el requerimiento debe de ser mediante carta certificada, burofax, telegrama, requerimiento notarial, etc… para que ese se pueda probar que recibiste el requerimiento.

EL TRÁMITE QUE SE HACE ES EL SIGUIENTE:

 

SE SOLICITA por escrito a todos los Ficheros (suelen incluirnos en 2 o 3 normalmente)

Los Ficheros se ponen en contacto con el acreedor para que confirme si hemos sido requeridos o no, muchos acreedores de manera sistemática dicen que sí y confirman la inclusión, otros comprueban que no lo han requerido y eliminan la inclusión. (Plazo legal para esta respuesta es de 10 días)

 

Con las solicitudes denegadas, preparamos una demanda por vulnerar tu honor solicitando un abogado de oficio (para lo cual tienes que cumplimentar on-line todos tus datos económicos y familiares que te pidan en el enlace que te facilitaremos) 

(El coste de abogado y procedimiento es 0€ ya que se hace mediante justicia gratuita)

 

Con la demanda presentada en los Juzgados solicitaremos a los Ficheros la baja cautelar hasta que se resuelva el procedimiento.

Si no se puede probar que recibiste el requerimiento de pago previo, el Juzgado condenara al acreedor a:

 

SACARTE DE LOS FICHEROS DE MOROSOS.

INDEMNIZARTE POR VULNERAR TU HONOR.

 

Previamente a la celebración del juicio (es un juicio de menos de 1 hora normalmente) los acreedores van a querer llegar a un acuerdo (hablarán entre los abogados), por lo que tendrás la posibilidad de negociar quitas, renegociar deudas, formas de pago, etc… Ya que saben que si entran a Juicio van a ser condenados.

 

Si deseas que te tramitemos nosotros la baja te cobramos dependiendo de la cantidad de la deuda con precios desde 50€.

 

Vamos a necesitar que contrates el servicio y una vez pagues, te va a llegar un email solicitándote una FOTOGRAFÍA DE TU DNI y QUE INDIQUES LOS NOMBRES DE LOS ACREEDORES Y CANTIDADES ADEUDADAS.

 

Si no tienes nacionalidad Española necesitamos el NIE con Fotografía y en caso de que no lo tengas con Fotografía por ser europeo u otra cuestión, necesitamos el NIE y una fotografía del documento de identidad de tu país.